26/01/2009
Registrar correctamente el Libro de Obligaciones es crucial para el cumplimiento legal de cualquier empresa. Este proceso, aunque pueda parecer complejo, se simplifica al entender los requerimientos y pasos involucrados. A continuación, te guiaremos a través de una explicación detallada, respondiendo a las preguntas más frecuentes sobre este tema.
- ¿Qué libros hay que presentar en el registro?
- ¿Cuándo legalizar los libros?
- ¿Sólo se permite la legalización telemática?
- Requisitos para la presentación telemática.
- ¿Quién debe presentar los libros para su legalización?
- Formatos aceptados para la presentación telemática
- Particularidades del Libro de Actas
- Particularidades de los Libros registros de Socios o Acciones Nominativas
- ¿Qué ocurre si algunos libros de mi empresa no han sido nunca legalizados?
- ¿Puede rectificarse un libro ya legalizado?
- Obligaciones Contables y Registrales
¿Qué libros hay que presentar en el registro?
La Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización, en su artículo 18, define la obligación de registrar electrónicamente todos los libros contables obligatorios. Esto incluye, pero no se limita a:
- Libro Diario
- Libro de Inventarios y Cuentas Anuales (incluyendo el balance, la cuenta de pérdidas y ganancias, el estado de cambios en el patrimonio neto, el estado de flujos de efectivo y la memoria)
- Libro de Actas
- Registro de Socios o Registro de Acciones Nominativas (dependiendo del tipo de sociedad)
- Libro-Registro de Contratos del Socio Único (para sociedades unipersonales)
Dependiendo de la actividad y el nivel de detalle requerido, se podrían necesitar otros libros como:
- Balances de comprobación
- Mayor
- Libro de Pérdidas y Ganancias
- Libro de IVA
- Libro de Facturas Emitidas
- Libro de Facturas Recibidas
- Detalle del Diario
- Libro de Detalle de Actas
- Libro de Actas del Consejo
- Libro de Detalle de Actas del Consejo
Es importante destacar que, aunque no sean obligatorios, las empresas pueden registrar otros libros con fines probatorios.
¿Cuándo legalizar los libros?
El plazo para la legalización es de cuatro meses después del cierre del ejercicio social. Si el ejercicio coincide con el año natural (31 de diciembre), el plazo límite sería el 30 de abril del año siguiente. Para ejercicios que cierran en otras fechas, el plazo se calcula de igual manera.
Ejemplo: Ejercicio cerrado el 30 de septiembre de 2023, plazo límite de legalización: 31 de enero de 202
Se pueden legalizar libros de detalles de actas con actas del ejercicio corriente en cualquier momento, con fines probatorios.
¿Sólo se permite la legalización telemática?
Para ejercicios iniciados a partir del 29 de septiembre de 2013, la legalización es exclusivamente telemática. Excepcionalmente, se permite la presentación física en caso de problemas técnicos insuperables, siguiendo requisitos específicos del Registro Mercantil.
Requisitos para la presentación telemática.
Para la presentación telemática, se necesita:
- Alta en los servicios telemáticos del Colegio de Registradores.
- Certificado digital vigente (eToken Colegio de Registradores, FNMT, CATCERT, GVA, ACA, ANCERT emitidos a Notario, DNIe, FIRMAPROFESIONAL, AC CAMMERFIRMA, IZENPE...).
Se puede utilizar el programa LEGALIA del Colegio de Registradores o cualquier otro que genere libros con protección mediante algoritmo SHA25
¿Quién debe presentar los libros para su legalización?
La legalización es obligatoria para todos los empresarios, personas físicas o jurídicas, obligados a llevar contabilidad según el Código de Comercio. No aplica a uniones temporales de empresas, comunidades de bienes, ni asociaciones (aunque las fundaciones tienen regulaciones específicas).
Solo el representante legal debe darse de alta en el sistema para la presentación telemática.
Formatos aceptados para la presentación telemática
Los libros pueden presentarse en diversos formatos, entre los que se encuentran:
- Excel (.xls, .xlsx)
- QuatroPro (.wq1)
- Lotus (.wk1)
- Word (.doc, .docx)
- Rich Text Format (.rtf)
- PDF (.pdf)
- Open Office (.ods, .odt)
Particularidades del Libro de Actas
Todas las actas de reuniones de órganos sociales deben presentarse para su legalización. El libro de actas puede ser único para todos los órganos o uno por cada órgano. La fecha de apertura y cierre del ejercicio debe constar en cada libro. Las actas del ejercicio 2023 se incluirán en el libro de actas de 202
Particularidades de los Libros registros de Socios o Acciones Nominativas
Este libro debe legalizarse tras la inscripción de la sociedad. Solo es necesaria una nueva legalización si hay cambios en la titularidad de las participaciones o acciones.
¿Qué ocurre si algunos libros de mi empresa no han sido nunca legalizados?
No es un impedimento para legalizar los libros del ejercicio actual. Se pueden incluir actas y vicisitudes desde la constitución de la empresa en la primera presentación telemática.
¿Puede rectificarse un libro ya legalizado?
Sí, generando un fichero de rectificación que incluya una certificación del órgano de administración y el archivo corregido. Se suele necesitar el número de entrada de la presentación original.
Obligaciones Contables y Registrales
Las obligaciones contables implican el registro de la actividad económica de la empresa, incluyendo el uso de los libros contables obligatorios (diario e inventarios y cuentas anuales). El incumplimiento de estas obligaciones puede acarrear sanciones.
Libros Contables Obligatorios
Libro Diario
Registro diario de todas las operaciones de la empresa. Debe estar sellado por el Registro Mercantil. Incluye fecha, cuentas, importe y descripción de la operación.
Libro de Inventarios y Cuentas Anuales
Se realiza anualmente y contiene:
- Inventario: Relación detallada de los bienes de la empresa.
- Balance: Situación financiera de la empresa (activo, pasivo, patrimonio neto).
- Cuenta de Pérdidas y Ganancias: Ingresos y gastos del ejercicio.
- Estado de Cambios en el Patrimonio Neto: Cambios en el patrimonio neto.
- Estado de Flujo de Efectivo: Origen y uso del dinero de la empresa.
- Memoria: Información complementaria.
El cumplimiento de todas las obligaciones contables y registrales es fundamental para la salud legal y financiera de cualquier empresa. Si tienes dudas, consulta con un profesional.
| Libro | Descripción | Periodicidad | Obligatorio |
|---|---|---|---|
| Libro Diario | Registro cronológico de las operaciones diarias | Diario | Sí |
| Libro de Inventarios y Cuentas Anuales | Situación financiera anual de la empresa | Anual | Sí |
| Libro de Actas | Registro de las actas de las juntas y reuniones | Según las reuniones | Sí |
| Registro de Socios/Acciones | Registro de la titularidad de las participaciones o acciones | Según cambios en la titularidad | Sí |
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